
Fredi Bea logra ganar a RFEP y CSD… Herranz puede ser inhabilitado al frente de la Española
Fredi Bea logra ganar a RFEP y CSD… Herranz puede ser inhabilitado al frente de la Española

Las actuación de la Española y del CSD anulaban un artículo de las bases electorales que trataba de eliminar al grovense Fredi Bea de la lucha por la presidencia
ULTIMA HORA
Javier Hernanz se arriesga a una inhabilitación por una infracción muy grave tipificada en la Ley del Deporte
El presidente de la Real Federación Española de Piragüismo, el asturiano Javier Hernanz, comienza el proceso electoral incumpliendo el Reglamento y el Calendario Electoral aprobado por la Comisión Delegada de la RFEP y, posteriormente, por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes. La Federación todavía no ha publicado el censo inicial, no ha designado a la Comisión Gestora ni tampoco a la Junta Electoral, establecido en el Calendario Electoral para el día 1 de septiembre. El presidente tampoco ha convocado a la Junta Directiva ni a la Comisión Delegada, órganos que son los responsables de designar a la Comisión Gestora y Junta Electoral respectivamente.
Javier Hernanz también está violando el artículo 6.4 de la Orden EFD/42/2024, que regula los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas. Con la convocatoria electoral fijada para el 2 de octubre, ya se ha incumplido el plazo legal para la publicación del censo inicial, que debía haberse hecho público, a más tardar, el 12 de septiembre.
La negligencia de Javier Hernanz, al bloquear deliberadamente la publicación del censo inicial, priva a los federados de su derecho fundamental a presentar reclamaciones y corregir los errores en el censo. Además, su flagrante incumplimiento de los plazos establecidos en el calendario aprobado por el CSD no solo demuestra una total falta de responsabilidad, sino que también compromete gravemente la validez de todo el proceso electoral, exponiéndolo a impugnaciones y poniendo en peligro la legitimidad de los actos electorales. La actitud claramente obstructiva de Javier Hernanz no solo ha paralizado de facto el proceso electoral, sino que va mucho más allá de un simple descuido. Su inacción revela una intención deliberada de aferrarse al poder, evitando a toda costa someterse a la voluntad de los federados en las urnas. Javier Hernanz, con su inacción para el cumplimiento del Reglamento Electoral, se arriesga a una inhabilitación por una infracción muy grave tipificada en la Ley del Deporte.
2024-09-13: Fredi Bea logra ganar a RFEP y CSD… y presenta nuevas denuncias
El juzgado central del contencioso administrativo número 4 de Madrid ha da un severo varapalo a la Federación Española de Piragüismo (RFEP) y al Consejo Superior de Deportes, al estimar la demanda de Alfredo Bea, presidente de la Federación Gallega de Piragüismo, en la que se denunciaba hasta cuatro derechos fundamentales en el articulado de las bases electorales federativas que vulneraron los derechos de igualdad, al honor, intimidad personal y familiar, así como el de participación en asuntos públicos, todo porque en las bases figura un artículo en el que se especificaba que los candidatos electorales deberían carecer de antecedentes penales por delitos contra la administración pública, como fue el caso de Alfredo Bea, que llegó a ser inhabilitado por siete años para ser concejal tras retirarle una multa de aparcamiento a un integrante de Protección Civil.
El CSD es el ente que tutela a las federaciones deportivas, por lo que debería haber velado por que estas no incurrían en ningún tipo de irregularidad, por lo que al dar luz verde aprobó “la extralimitación en la que incurre el reglamento, ejerciendo ambas administraciones competencias que, por mandato constitucional, solo pueden ejercer los jueces”.
“Si un ciudadano es condenado a una pena de inhabilitación especial y, una vez cumplida la pena, se le impide presentar candidatura a un cargo por tener antecedentes penales, en la práctica se está prolongando la pena más allá de lo acordado”, explica la sentencia, antes de señalar que la extralimitación “también es material, ya que se pretende extender una inhabilitación para ser concejal o alcalde a otro cargo electivo no incluido en el fallo de la sentencia” que condenó en su día a Alfredo Bea.
2024-09-13 ALEGACIONES AL TAD
2024-09-13 SOLICITUD PUBLICACION CENSO ELECTORAL A LA RFEP
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