La puesta en marcha del Código Polar un hito para el medio ambiente planetario

La puesta en marcha del Código Polar un hito para el medio ambiente planetario

Nautica Digital Europe Civil Destacado Marina
El código polar, obligatorio para los buques que naveguen en aguas árticas y antárticas, ha entrado en vigor el 1 de enero de 2017, lo que supone un hito histórico en la labor de la Organización Marítima Internacional (OMI) dedicada a esta fundamental cuestión. Sus prescripciones, específicamente concebidas para los entornos polares, van más allá

El código polar, obligatorio para los buques que naveguen en aguas árticas y antárticas, ha entrado en vigor el 1 de enero de 2017, lo que supone un hito histórico en la labor de la Organización Marítima Internacional (OMI) dedicada a esta fundamental cuestión. Sus prescripciones, específicamente concebidas para los entornos polares, van más allá

Ante el aumento del tráfico de buques que navegan en aguas polares, la OMI ha decidido introducir nuevas reglas que garanticen la protección del medio ambiente polar y la seguridad de la gente de mar y de los pasajeros. Dichas reglas serán de obligado cumplimiento para los buques que naveguen por estas aguas inhóspitas.
El código polar, obligatorio para los buques que naveguen en aguas árticas y antárticas, ha entrado en vigor el 1 de enero de 2017, lo que supone un hito histórico en la labor de la Organización Marítima Internacional (OMI) dedicada a esta fundamental cuestión. Sus prescripciones, específicamente concebidas para los entornos polares, van más allá de los de los convenios existentes de la OMI, tales como el convenio Marpol y el convenio Solas, que son aplicables a nivel mundial y seguirán por tanto aplicándose al transporte marítimo en aguas polares.

Los buques que navegan en las regiones ártica y antártica están expuestos a cierto número de riesgos particulares. Las malas condiciones meteorológicas y la relativa falta de buenas cartas de navegación, de sistemas de comunicación y de otras ayudas a la navegación plantean dificultades a los navegantes. La lejanía de las zonas polares hace que las operaciones de salvamento o de limpieza resulten difíciles y caras. Las bajas temperaturas reducen la eficacia de muchos de los componentes del buque, desde la maquinaria del puente y el equipo de emergencia hasta las tomas de mar. El hielo, cuando lo hay, también impone cargas adicionales en el casco, el sistema de propulsión y los apéndices del buque. Con el propósito de abordar todos estos asuntos, el código polar establece normas obligatorias que abarcan la gama completa de proyecto, construcción, equipo, funcionamiento, formación y la protección del medio ambiente de las cuestiones que se aplican a los buques que naveguen en las aguas inhóspitas que rodean los dos polos.

TEXTO COMPLETO CODIGO POLAR

Contexto técnico
El código polar incluye disposiciones obligatorias sobre las medidas de seguridad (parte I-A) y la prevención de la contaminación (parte II-A), así como disposiciones de carácter recomendatorio para ambos (partes I-B y II-B). Las disposiciones de seguridad del código polar se aplican a los buques nuevos construidos después del 1 de enero de 2017. Los buques construidos antes del 1 de enero de 2017 deberán cumplir las prescripciones pertinentes del código polar en el primer reconocimiento intermedio, o de renovación, si éste es anterior, tras el 1 de enero de 2018… y las ambientales del código polar se aplican tanto a los buques nuevos y los buques existentes.

El código exige que los buques que tengan previsto operar en las aguas que se enmarcan en la zona ártica o antártica soliciten un Certificado de buque polar, que otorgará al buque una de estas clasificaciones:

Categoría A: buques proyectados para operar en aguas polares como mínimo en hielo medio del primer año que puede incluir trozos de hielo viejo;
Categoría B: buque no incluido en la categoría A, proyectado para operar en aguas polares como mínimo en hielo delgado del primer año que puede incluir trozos de hielo viejo; y
Categoría C: buque proyectado para operar en aguas libres o en condiciones de hielo menos rigurosas que las de las categorías A y B.

Los capítulos del código presentan objetivos y prescripciones funcionales que abarcan específicamente: estructura del buque; compartimentado y estabilidad, integridad de estanquidad, instalaciones de máquinas; seguridad/protección contra incendios; dispositivos y medios de salvamento; seguridad de la navegación; comunicaciones; planificación del viaje; dotación y formación; prevención de la contaminación por hidrocarburos; prevención de la contaminación por sustancias nocivas líquidas transportadas a granel; prevención de la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bultos, la prevención de la contaminación por las aguas sucias de los buques y la prevención de la contaminación por las basuras de los buques.

Requisitos de formación
Los requisitos mínimos aplicables a la formación y las cualificaciones de los capitanes y oficiales de puente en buques que operen en aguas polares fueron adoptados por el Comité de seguridad marítima de la OMI en noviembre de 2016. Adquirirán carácter obligatorio en virtud del convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (convenio de Formación) y su código de formación, a partir del 1 de julio de 2018.

Nuestros Patrocinadores